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Book
Autoridades electorales, plataformas digitales y democracia en México
(2024)
  • Javier Martín Reyes, Universidad Nacional Autonoma de Mexico
  • Diana García Angeles
Abstract
En México hay más de 90 millones de personas usuarias de Internet (INEGI 2023). Esta digitalización ha tenido un efecto directo y palpable en cómo se hace política hoy en día. Por ejemplo, las plataformas digitales y las redes sociales se han convertido en una herramienta fundamental para que las personas candidatas puedan obtener el apoyo de la ciudadanía, para que la sociedad acceda a información relacionada con los procesos electorales, y como medios para discutir los asuntos públicos y exigir que las autoridades rindan cuentas. Se trata, para decirlo pronto, de espacios por demás relevantes para el ejercicio de derechos fundamentales y para el sistema democrático.
 
Sin embargo, no existe mucha claridad sobre la forma en que el marco jurídico mexicano regula la actuación de diversos actores en las plataformas digitales. De la misma forma, tampoco es evidente la forma en que las autoridades electorales, especialmente las nacionales, han actuado frente a esta nueva realidad. En el marco del proceso electoral 2023-2024, conviene analizar esta relevante relación entre autoridades electorales, plataformas digitales y democracia en México.
 
Las autoridades electorales nacionales —es decir, el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)— se han enfrentado en los últimos años a diversos casos donde han tenido que analizar el papel de las redes sociales en las elecciones. En un inicio, las autoridades electorales optaron por afirmar que existía una “falta de regulación” de las plataformas digitales y que, por tanto, constituían una “zona de absoluta libertad de expresión” (TEPJF 2015). Posteriormente, los árbitros electorales comenzaron a tomar decisiones de enorme trascendencia, tales como ordenar el retiro de mensajes en plataformas digitales, incluso como una medida cautelar (INE 2023). La realidad es que las decisiones de las autoridades electorales están lejos de ofrecer criterios claros y consistentes para resolver los casos relativos a redes sociales.
 
El marco jurídico existente en México explica, en parte, las razones detrás de este problema. Tenemos un ordenamiento que restringe notablemente la libertad de expresión y que ha desarrollado diversos instrumentos para hacer efectivas estas regulaciones (en radio y televisión, de manera destacada). Sin embargo, el marco entra en tensión con el muy distinto contexto que se ha generado a partir de la emergencia y uso de las redes sociales en el país. La tensión entre el ordenamiento jurídico y la nueva realidad no sólo      genera riesgos relacionados con la inefectividad de las normas, sino que abre la puerta a que se cometan abusos desde el poder.
 
De este modo, ante la falta de una regulación específica para las redes sociales, es posible pensar que una alternativa para procurar la integridad electoral a través de ellas sea la existencia de convenios de colaboración entre las autoridades electorales y las redes sociales. Mientras que se intuye que existe cierto nivel de diálogo y coordinación entre ambas, hasta la fecha sólo existe registro de dos instrumentos formales firmados entre las partes: un memorándum de cooperación celebrado entre Facebook y el INE en 2018 y un memorándum de entendimiento firmado entre el TEPJF y TikTok en 2023. Ahora bien, a pesar de que la celebración de estos instrumentos es un buen paso hacia la certidumbre y la transparencia, son insuficientes para enfrentar los retos que traen las redes sociales en el marco de las elecciones. Entre otras cosas, se trata de instrumentos con finalidades delimitadas, sujetos a la voluntad de las diferentes partes, que no establecen obligaciones vinculantes, que son opacos y que tienen alcances inciertos.
 
Ante la falta de un marco claro sobre la regulación y relación de las redes sociales y las autoridades electorales, creemos que es necesario abrir una discusión que contemple, entre otras cosas, temas como (i) el establecimiento de regulaciones claras y equilibradas que aborden el uso de las redes sociales por parte de partidos políticos, personas candidatas y actores políticos durante los procesos electorales, (ii) la celebración de convenios entre autoridades y plataformas digitales que establezcan reglas claras y obligaciones ejecutables para ambas partes, (iii) la adopción por parte de las autoridades electorales de una metodología clara y consistente basada en principios de proporcionalidad al determinar cualquier decisión que afecte el flujo de contenidos en Internet, (iv) la fijación un estándar de escrutinio diferenciado entre las personas que desempeñan funciones públicas, (v) la necesidad de que las decisiones de las autoridades electorales se efectúen en un marco de respeto a los derechos humanos y, finalmente, (     vi) la pertinencia de que se evite una hiperregulación que pueda afectar negativamente la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información de la ciudadanía, y que ésta sea transparente, accesible y rinda cuentas sobre la relación entre las plataformas digitales y las autoridades electorales
Keywords
  • autoridades electorales,
  • plataformas digitales,
  • democracia,
  • regulación,
  • derechos humanos,
  • moderación de contenido,
  • actores políticos,
  • libertad de expresión,
  • redes sociales,
  • integridad electoral,
  • electoral authorities,
  • digital platforms,
  • democracy,
  • regulation,
  • human rights,
  • content moderation,
  • political actors,
  • freedom of expression,
  • social media,
  • electoral integrity
Publication Date
March, 2024
Publisher
Artículo 19
Citation Information
Javier Martín Reyes and Diana García Angeles. Autoridades electorales, plataformas digitales y democracia en México. México(2024) p. 1 - 48
Available at: http://works.bepress.com/javier_martin/166/
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