El 4 de marzo de 2015, se publicó el Real Decreto 126/2015 por el que se aprueba la Norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presentan sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.
La Norma mantiene los requisitos de información alimentaria que para los alimentos sin envasar ya establecía el Real Decreto 1334/1999, adaptándolos a los nuevos requisitos que fija el Reglamento (UE) Nº 1169/2011. Al desconcierto provocado por la aplicación de citado Reglamento, debido a su deficiente redacción, se ha añadido ahora el que resulta de la confusa articulación de la mencionada Norma. Sorprendentemente, unos días después de la publicación del Real Decreto 126/2015, el propio Ministerio de Sanidad del gobierno español se ha visto obligado a publicar una guía sobre la aplicación de las exigencias de información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor. Dicha guía carece de valor legal (!).
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